martes, 12 de enero de 2016

NOTA IMPORTANTE (Introducción al borrador 2010 del INFORME DE PERITAJE)


NOTA IMPORTANTE
(Introducción al borrador 2010 del INFORME DE PERITAJE)

El informe adjunto constituye un documento de trabajo en borrador (por tanto, aún no definitivo) del resultado final del Estudio de Peritaje para cuantificación de daños ocasionados por el Convenio U-SOBOCE  a la Alcaldía de Sucre, Estudio de Consultoría elaborado el año 2010 -por encargo de la HAM Sucre, con el contrato respectivo- por  la Asociación Accidental de Profesionales Consultores, conformada a estos efectos por los ingenieros Juan José Romero Pradel y Eddy Decormis Carvajal y el Lic. Mario Pérez Delgadillo. Por tanto –como en cualquier contrato de Consultoría, interactivo entre las partes del mismo- su condición de “primer informe en limpio” (último “borrador”) radica en que el mismo fue presentado al Contratante (HAM Sucre) para su revisión, aprobación/reprobación (total o parcial) y su devolución a la contraparte (Grupo Consultor) para proceder con  las últimas correcciones, aclaraciones, ampliaciones y/o reducciones que hubiesen sido del caso, a criterio del Contratante/Comendador del Estudio (HAM Sucre). Por tanto, el Grupo Consultor dejó aún pendiente -ex profesamente- los trabajos de depuración final (reestructuración, ordenamiento y lectorado final, en lo sintáctico y semántico y demás actividades rutinarias y habituales en estas fases finales de una Consultoría de este tipo). Lamentablemente, hasta la fecha, nunca se tuvo dicha respuesta de la HAM, no obstante el haber sido  recibido el mismo por parte de la Sra. Alcaldesa a.i. Verónica Berrios, y presentado en su despacho, en presencia de la Síndico por parte de la HAM en el Directorio de FANCESA, Lic. Roxana Sarmiento, siendo felicitado dicho estudio después de su explicación sucinta durante más de dos horas, incumpliendo la HAM, de esta manera, el Contrato que había suscrito con los Consultores, sin ninguna explicación al respecto y menos la emisión de un juicio de valor respecto al contenido del Estudio.

Este documento que debió haber sido presentado por la HAM Sucre -como principal prueba de cargo ante las autoridades judiciales- para lograr el resarcimiento de daños por parte del Convenio U-SOBOCE  a la Alcaldía de Sucre, finalmente fue presentado en el Juzgado correspondiente para su tratamiento pericial en la defensa del mismo. Lamentablemente, un error de forma por parte de la HAM, al no haberse seguido los pasos correspondientes, fue observado por el Juez, el cual solicitó se corrija sin mayores trámites en un par de horas.
Curiosamente, la HAM decidió, por instrucción directa del Consejo mediante la correspondiente resolución –hasta el momento no se sabe por qué- desistir de dicho Estudio y prefirió seguir sus propios trámites, hasta lograr en los últimos tiempos –como ya es por demás conocido- un resarcimiento de daños por la irrisoria suma de 7,8 Millones de Bolivianos, en comparación de los cientos de Millones de Dólares que establecía el Estudio en cuestión.

Para colmo y por el contrario, la HAM inició un juicio a los consultores por un supuesto incumplimiento de contrato (pidiendo la devolución de Bs 41.000.- monto que fue adelantado, en su momento, en calidad de pago a cuenta). Este litigio ya fue ganado por los consultores, en todas sus instancias judiciales, incluida la casación, en años pasados. Sin embargo, cambiando de jurisdicción –en un acto extra-judicial y caprichoso- la HAM persiste en este juicio irracional, ilegal y tozudo contra los consultores.

En resumen, se adjunta el presente Estudio –sobre el que nunca se pronunció la HAM Sucre- sólo con fines de inventario y conocimiento de su contenido, en el mismo estado en que se encontraba en su calidad de “primer informe en limpio” (último “borrador”), tal como fue presentado a la HAM Sucre, en noviembre del 2010, sin haberse procedido a su última revisión, ni a su aprobación definitiva, debido obviamente a que no hubo absolutamente ninguna observación por parte de la H.A.M. –y, menos aún, la cancelación por los servicios prestados-  por razones ajenas a los Consultores, que nunca fueron explicadas por la HAM.
OJO!
ACLARACIÓN IMPORTANTE PARA LOS LECTORES DEL ESTUDIO:

A fin de entender la esencia y el fondo de la cuantificación realizada en el Estudio, es necesario despojarse de los preconceptos convencionales propios –y por demás conocidos y trillados- de la Evaluación Económico-financiera tradicional de proyectos que utilizan los métodos de la Ingeniería Económica y que se imparten en ámbitos académicos (como ser: TIR, VAN, B/C, etc., etc.).
El enfoque y metodología del presente análisis se inspiran y concentran en la razón principal del auge o fracaso empresarial y económico de los emprendimientos productivos (como es la industria del cemento), cual es:

LA PARTICIPACIÓN PORCENTUAL DE CADA UNO DE LOS ACTORES EN EL ESPECTRO NACIONAL DEL MERCADO DEL CEMENTO, CON SUS RESPECTIVOS “NICHOS DE MERCADO”

(Factor determinante, especialmente en un mercado de libre oferta y demanda, como lo era el mercado nacional del cemento, antes de la oligopolización del mismo, por obra del Grupo SOBOCE, con la “apropiación” de FANCESA, entre otras medidas monopolizadoras).
Estas PARTICIPACIONES PORCENTUALES DIFERENCIALES entre una y otra factoría, son las que generan, a su vez, los beneficios económicos diferenciados entre una y otra y –a la postre- sus respectivos éxitos y/o fracasos, pudiendo llegarse a extremos de monopolización y manipulación abusiva del mercado, para beneficio de unas (ejm.: SOBOCE) y la declinación y hasta la posible extinción de otras (ejm.: FANCESA).
Cualquier otra consideración para la cuantificación del daño económico causado por una posible mala administración de una factoría –como probablemente podría ser la que se realizó para llegar al irrisorio monto en que se tranzó- resulta irrelevante, ínfima y periférica con relación a la real importancia y magnitud de estos daños económicos, que van mucho más allá de los aspectos meramente económicos.

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